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EN RELACION CON LAS OPAS PRESENTADAS POR ENDESA SOBRE LAS SOCIEDADES FECSA Y SEVILLANA, CON FECHA 23.10.96 SE RECIBIO DE LA COMISION DEL SISTEMA...
... ELECTRICO NACIONAL COPIA DE LA RESOLUCION NOTIFICADA A ENDESA POR DICHO ORGANISMO. LA CITADA RESOLUCION, QUE POR SU CARACTER RELEVANTE SE INCORPORA AL REGISTRO DE HECHOS SIGNIFICATIVOS DE LA CNMV, ES DEL SIGUIENTE TENOR LITERAL: "EL CONSEJO DE ADMINISTRACION DE LA COMISION DEL SISTEMA ELECTRICO NACIONAL, EN SU SESION CELEBRADA EL DIA 23 DE OCTUBRE DE 1996, HA ACORDADO, POR UNANIMIDAD, ADOPTAR LA SIGUIENTE RESOLUCION 1.- ENDESA HA PRESENTADO CON FECHA 23 DE OCTUBRE DE 1996 ESCRITO POR EL QUE SOLICITA AUTORIZACION PARA INCREMENTAR LA PARTICIPACION ACCIONARIAL DE ENDESA EN FECSA Y SEVILLANA, HASTA EL 75% DEL CAPITAL, MEDIANTE LA FORMULACION DE SENDAS OFERTAS PUBLICAS DE ADQUISICION DE VALORES. A LA CITADA SOLICITUD SE ACOMPAÑA EL COMPROMISO EN RELACION CON LA SALVAGUARDIA DE LA COMPETENCIA, QUE LAS EMPRESAS ENDESA, FECSA Y SEVILLANA, OFERENTE Y AFECTADAS RESPECTIVAMENTE, SUSCRIBEN Y QUE SE RECOGE A CONTINUACION: "LAS EMPRESAS FIRMANTES SE COMPROMETEN A NO ACTUAR NUNCA COLUSIVAMENTE EN CONTRA DEL CONSUMIDOR Y A ADOPTAR LAS DECISIONES CORPORATIVAS Y OPERATIVAS DE SUS PROPIOS ORGANOS DE GOBIERNO DE FORMA INDEPENDIENTE EN EL MEJOR INTERES DEL MERCADO Y DE CADA UNA DE LAS EMPRESAS Y, POR TANTO, A NO REALIZAR ENTRE ELLAS NINGUNA PRACTICA NI ACUERDO DE LOS PROHIBIDOS EN EL ARTICULO 1 DE LA LEY DE DEFENSA DE LA COMPETENCIA, LEY QUE LAS EMPRESAS, INDIVIDUALMENTE, SE COMPROMETEN A CUMPLIR PLENAMENTE, SOMETIENDOSE, POR TANTO, AL TRIBUNAL DE DEFENSA DE LA COMPETENCIA. LAS EMPRESAS SE COMPROMETEN, SI FUERE NECESARIO, A MODIFICAR LAS CLAUSULAS DE LOS ACUERDOS FIRMADOS ENTRE ELLAS PARA HACERLOS COMPATIBLES CON ESTE COMPROMISO." 2. VISTA LA CITADA SOLICITUD, Y EN ESPECIAL, EL COMPROMISO REFERIDO EN EL APARTADO 1 DE ESTA RESOLUCION, SUSCRITO POR LOS PRESIDENTES DE LAS TRES EMPRESAS INTERVINIENTES. 3. VISTO QUE EL CITADO COMPROMISO HACE QUE LA OPERACION, CUYA AUTORIZACION SE SOLICITA, NO IMPLIQUE RIESGOS SIGNIFICATIVOS O EFECTOS NEGATIVOS SOBRE LAS ACTIVIDADES DEL SISTEMA ELECTRICO NACIONAL. POR LO CUAL, EN EL EJERCICIO DE LAS COMPETENCIAS QUE LE ATRIBUYE EL ARTICULO 14.5 DE LA LEY 40/1994, DE 30 DE DICIEMBRE, DE ORDENACION DEL SISTEMA ELECTRICO NACIONAL, EL CONSEJO DE ADMINISTRACION DE LA COMISION DEL SISTEMA ELECTRICO NACIONAL HA ACORDADO AUTORIZAR LA PARTICIPACION ACCIONARIAL DE ENDESA EN FECSA Y SEVILLANA, EN LOS TERMINOS EXPRESADOS EN LA SOLICITUD, Y EN EL COMPROMISO QUE SE ADJUNTA A LA CITADA SOLICITUD. LO QUE LE NOTIFICO HACIENDOLE SABER QUE CONTRA LA PRESENTE RESOLUCION PODRA INTERPONER RECURSO ORDINARIO ANTE EL EXCMO. SR. MINISTRO DE INDUSTRIA Y ENERGIA EN EL PLAZO DE UN MES A CONTAR DESDE LA FECHA DE SU NOTIFICACION." LA ANTERIOR RESOLUCION SE ENCUENTRA TAMBIEN A DISPOSICION DEL PUBLICO ENTRE LA DOCUMENTACION CORRESPONDIENTE A LAS OPAS PRESENTADAS POR ENDESA SOBRE FECSA Y SEVILLANA, AUTORIZADAS POR LA CNMV CON FECHA 24.10.96 (ESTA INCLUIDA EN EL ANEXO 3 DE AMBOS FOLLETOS EXPLICATIVOS).
CONTEXTO: El día 29 de octubre de 1996 Endesa hizo una comunicación de una noticia a la Bolsa. En la bolsa, se registró esta noticia como hecho relevante con código 7744.
Rumores desmentidos o confirmados en Endesa
Otros hechos significativos en España en el sector Energía / Electricidad - Gas:
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