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La Dirección General de Mercados eleva la siguiente propuesta motivada de suspensión de la negociación al Presidente de la Comisión Nacional del Mercado de Valores...
..., quien en virtud de la delegación de facultades otorgada por el Consejo de la Comisión Nacional con fecha 30 de enero 2007, acuerda: "Suspender cautelarmente, con efectos inmediatos, al amparo del Artículo 33 de la Ley 24/1988, de 28 de julio, del Mercado de Valores, la negociación de ENDESA, S.A. en los siguientes mercados: - En las Bolsas de Valores y en el Sistema de Interconexión Bursátil, de las acciones y otros valores que puedan dar derecho a su suscripción o adquisición. - En MEFF RENTA VARIABLE, S.A. de los contratos sobre las citadas acciones. Hasta tanto no se esclarezcan las circunstancias de la posible adquisición de un paquete significativo de acciones de la citada sociedad por la empresa italiana ENEL SPA. " La Dirección General de Mercados eleva la siguiente propuesta motivada de suspensión de la negociación al Presidente de la Comisión Nacional del Mercado de Valores, quien en virtud de la delegación de facultades otorgada por el Consejo de la Comisión Nacional con fecha 30 de enero 2007, acuerda: "Suspender cautelarmente, con efectos inmediatos, al amparo del Artículo 33 de la Ley 24/1988, de 28 de julio, del Mercado de Valores, la negociación de ENDESA, S.A. en los siguientes mercados: - En las Bolsas de Valores y en el Sistema de Interconexión Bursátil, de las acciones y otros valores que puedan dar derecho a su suscripción o adquisición. - En MEFF RENTA VARIABLE, S.A. de los contratos sobre las citadas acciones. Hasta tanto no se esclarezcan las circunstancias de la posible adquisición de un paquete significativo de acciones de la citada sociedad por la empresa italiana ENEL SPA. " La Dirección General de Mercados eleva la siguiente propuesta motivada de suspensión de la negociación al Presidente de la Comisión Nacional del Mercado de Valores, quien en virtud de la delegación de facultades otorgada por el Consejo de la Comisión Nacional con fecha 30 de enero 2007, acuerda: "Suspender cautelarmente, con efectos inmediatos, al amparo del Artículo 33 de la Ley 24/1988, de 28 de julio, del Mercado de Valores, la negociación de ENDESA, S.A. en los siguientes mercados: - En las Bolsas de Valores y en el Sistema de Interconexión Bursátil, de las acciones y otros valores que puedan dar derecho a su suscripción o adquisición. - En MEFF RENTA VARIABLE, S.A. de los contratos sobre las citadas acciones. Hasta tanto no se esclarezcan las circunstancias de la posible adquisición de un paquete significativo de acciones de la citada sociedad por la empresa italiana ENEL SPA. " La Dirección General de Mercados eleva la siguiente propuesta motivada de suspensión de la negociación al Presidente de la Comisión Nacional del Mercado de Valores, quien en virtud de la delegación de facultades otorgada por el Consejo de la Comisión Nacional con fecha 30 de enero 2007, acuerda: "Suspender cautelarmente, con efectos inmediatos, al amparo del Artículo 33 de la Ley 24/1988, de 28 de julio, del Mercado de Valores, la negociación de ENDESA, S.A. en los siguientes mercados: - En las Bolsas de Valores y en el Sistema de Interconexión Bursátil, de las acciones y otros valores que puedan dar derecho a su suscripción o adquisición. - En MEFF RENTA VARIABLE, S.A. de los contratos sobre las citadas acciones. Hasta tanto no se esclarezcan las circunstancias de la posible adquisición de un paquete significativo de acciones de la citada sociedad por la empresa italiana ENEL SPA. " La Dirección General de Mercados eleva la siguiente propuesta motivada de suspensión de la negociación al Presidente de la Comisión Nacional del Mercado de Valores, quien en virtud de la delegación de facultades otorgada por el Consejo de la Comisión Nacional con fecha 30 de enero 2007, acuerda: "Suspender cautelarmente, con efectos inmediatos, al amparo del Artículo 33 de la Ley 24/1988, de 28 de julio, del Mercado de Valores, la negociación de ENDESA, S.A. en los siguientes mercados: - En las Bolsas de Valores y en el Sistema de Interconexión Bursátil, de las acciones y otros valores que puedan dar derecho a su suscripción o adquisición. - En MEFF RENTA VARIABLE, S.A. de los contratos sobre las citadas acciones. Hasta tanto no se esclarezcan las circunstancias de la posible adquisición de un paquete significativo de acciones de la citada sociedad por la empresa italiana ENEL SPA. " La Dirección General de Mercados eleva la siguiente propuesta motivada de suspensión de la negociación al Presidente de la Comisión Nacional del Mercado de Valores, quien en virtud de la delegación de facultades otorgada por el Consejo de la Comisión Nacional con fecha 30 de enero 2007, acuerda: ¨Suspender cautelarmente, con efectos inmediatos, al amparo del Artículo 33 de la Ley 24/1988, de 28 de julio, del Mercado de Valores, la negociación de ENDESA, S.A. en los siguientes mercados: - En las Bolsas de Valores y en el Sistema de Interconexión Bursátil, de las acciones y otros valores que puedan dar derecho a su suscripción o adquisición. - En MEFF RENTA VARIABLE, S.A. de los contratos sobre las citadas acciones. Hasta tanto no se esclarezcan las circunstancias de la posible adquisición de un paquete significativo de acciones de la citada sociedad por la empresa italiana ENEL SPA. ¨
CONTEXTO: El día 27 de febrero de 2007 Endesa hizo una comunicación de una noticia a la Bolsa. En la bolsa, se registró esta noticia como hecho relevante con código 77466. El análisis de esta comunicación enviada a la Bolsa y difundida también en la web de Endesa muestra que en el documento se trataban los siguientes temas: valores, acciones, benito, adquisición y s.a.
Este es un extracto de la noticia:
La Dirección General de Mercados eleva la siguiente propuesta motivada de suspensión de la negociación al Presidente de la Comisión Nacional del Mercado de Valores, quien en virtud de la delegación de facultades otorgada por el Consejo de la Comisión Nacional con fecha 30 de enero 2007, acuerda:
“Suspender cautelarmente, con efectos inmediatos, al amparo del Artículo 33 de la Ley 24/1988, de 28 de julio, del Mercado de Valores, la negociación de Endesa, S.A. en los siguientes mercados: En las Bolsas de Valores y en el Sistema de Interconexión Bursátil, de las acciones y otros valores que puedan dar derecho a su suscripción o adquisición.
Hasta tanto no se esclarezcan las circunstancias de la posible adquisición de un paquete significativo de acciones de la citada sociedad por la...
Puedes leer el texto original completo en los archivos de la Bolsa de Madrid.
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